Dejar dinero a un familiar o a un amigo es una operación muy frecuente: por ejemplo, prestar dinero a un hijo para comprar una vivienda, para hacerse con un vehículo o para hacer frente a un bache económico. En todos estos casos nos encontramos ante un préstamo entre particulares, que deberemos formalizar tanto para evitar posibles problemas relacionados con su devolución, como con Hacienda. 

Para que este tipo de operación se desarrolle sin riesgos, toma nota de cómo dejar dinero a un familiar, cómo formalizar un contrato privado y cuánto se debe pagar a Hacienda.

 

¿Puedo prestar dinero a un familiar?

Un préstamo entre familiares consiste en la entrega de dinero por parte de una o varias personas físicas hacia otra u otras (por ejemplo, por parte de los padres hacia un hijo), existiendo un vínculo personal y familiar entre ellos que puede ser más o menos cercano.

Se trata de un tipo de operación privada donde no interviene ninguna entidad bancaria. Esto implica, entre otras cosas, que se podrán pactar libremente las condiciones de este préstamo, siempre dentro de la legalidad.

La compra de una vivienda, la financiación de un nuevo negocio, una pequeña ayuda para superar un bache económico o una situación de desempleo, la compra de un coche… Son algunos de los supuestos en los que es más frecuente que se produzcan préstamos entre familia o amigos.

Cómo prestar dinero a un familiar

Por muy cercana que sea tu relación con el prestatario y por mucho que confíes en que la devolución se llevará a cabo de la forma pactada, siempre deberás formalizar la operación a través de un contrato privado, por escrito y con la firma de todas las partes implicadas. 

De esta forma, conseguirás:

  • Establecer unas condiciones claras, fijando aspectos como la aplicación o no de intereses, así como la forma y plazo de devolución del dinero prestado. Ello te permitirá, en su caso, hacer valer tus derechos ante un juez.
  • Evitar problemas con Hacienda, ya que contarás con un respaldo documental que demuestre que la operación realizada no constituye una donación.

Cómo hacer un contrato de préstamo entre familiares

El contrato de préstamo entre familiares deberá contener cierta información mínima:

  • La fecha de formalización del contrato.
  • Las partes que intervienen en la operación, es decir, el prestamista (que es quien entrega el dinero) y el prestatario (quien lo recibe y se obliga a devolver). La presencia de avalistas no es frecuente en los préstamos entre familiares.
  • La cantidad que se presta.
  • El plazo y forma de devolución, que puede producirse de forma total o en plazos, con diferente periodicidad y en distinta cuantía.
  • En su caso, los intereses y comisiones aplicables. Si no van a cobrarse intereses y/o comisiones, ello deberá explicitarse en contrato para evitar problemas con Hacienda.

Además, ten en cuenta que deberás declarar esta operación ante Hacienda y aportar el contrato firmado. Esto no supondrá ningún coste, ya que la operación se encuentra exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). 

Ten en cuenta que siempre será buena idea que tanto el préstamo como las devoluciones parciales o totales de dinero sean perfectamente trazables. Una forma de conseguirlo es realizarlas a través de transferencia bancaria, mencionando en el concepto de la transferencia que se trata de una entrega/devolución del préstamo. De este modo será muy fácil conocer la procedencia de cada transferencia, su destinatario, el motivo y fecha de realización.

 

¿Hay que cobrar intereses en un préstamo entre familiares?

La decisión de cobrar o no intereses en un préstamo entre familiares es personal, si bien lo más frecuente es que no sea así.

Es habitual que, dado que de lo que se trata es de ayudar a una persona cercana en el momento determinado, este tipo de préstamos se lleven a cabo sin precio o coste alguno para quien lo recibe. 

En caso de cobrar intereses, ten en cuenta que estos tendrán como límite las leyes al respecto. En general, se considerará abusivo cualquier tipo de interés que triplique el interés normal del dinero. En el caso de los intereses de demora, el tipo de interés máximo que podrás cobrar será el equivalente a 2,5 veces el interés normal del dinero.

¿Cuándo hay que declarar un préstamo familiar?

Si te preguntas cuánto dinero te puede prestar un familiar sin declarar, debes saber que siempre es obligatorio declarar cualquier operación de este tipo ante Hacienda, dado que se trata de una operación sujeta (pero exenta) al ITPAJD.

En concreto, el prestatario deberá presentar el modelo 600 para la autoliquidación de la operación (que tendrá un coste nulo gracias a la exención aplicable) en el plazo de 30 días desde de la formalización del préstamo. De esta forma también evitarás que Hacienda considere que se trata de una donación encubierta. 

Legalmente debe declararse cualquier operación, si bien se suele decir que la banca no informará de aquellos movimientos inferiores a 10.000 euros.

¿Cuánto se paga a Hacienda por un préstamo entre familiares?

La regla general nos dice que la formalización de préstamos entre particulares, incluyendo a familiares, estará sujeta, pero no exenta del ITPAJD. Por tanto, no deberás pagar nada por este concepto.

Tan solo en caso de cobro de intereses y comisiones deberás declarar esta ganancia en tu IRPF, en calidad de prestamista. Del lado del prestatario, podrás deducir el gasto correspondiente al precio de dicho préstamo en tu declaración de la Renta.

¿Cuándo tributa un préstamo entre familiares en el IRPF?

Lo normal es que un préstamo entre familiares a título gratuito, es decir, sin cobro de intereses o comisiones, no tribute en el IRPF, ya que ninguna de las partes va a beneficiarse de la operación: 

  • De un lado, el prestatario tendrá que devolver el dinero íntegramente, por lo que no habrá enriquecimiento alguno.
  • De otro, el prestamista recibirá íntegramente el dinero entregado, por lo que tampoco ganará nada con la operación.

En cuanto a cómo tributa en el IRPF un préstamo entre familiares con intereses, en estos supuestos, la persona que los perciba (es decir, prestamista) tendrá que declarar los beneficios así obtenidos, que deberán constar como rendimiento del capital mobiliario en su declaración de IRPF. El prestatario, por su parte, podrá deducirse los intereses.

Préstamo entre familiares y donación 

Es importante tener claro cuál es la diferencia entre préstamo entre familiares y donación dado que, en caso de donación, será necesario declarar esta operación y tributar por ella, mientras que en caso de préstamo la operación deberá declararse pero quedará exenta. Además, los impuestos aplicables en cada caso son distintos:

  • La donación consiste en la entrega de dinero o cualquier otro tipo de bien a título gratuito, es decir, sin expectativa de devolución y sin precio alguno. Esta operación debe declararse y tributa de manera distinta en función de la comunidad autónoma. En este caso, tributas por el Impuesto sobre Donaciones.
  • En el caso de un préstamo, se produce una entrega de dinero a cambio de su devolución futura, pactándose alguna fórmula de reembolso que puede o no implicar el abono de intereses o comisiones. En este caso, la operación estará sujeta y exenta del ITPAJD.

Tenlo en cuenta porque, en caso de donación, Hacienda podría obligarte a tributar por esta operación si no lo has hecho voluntariamente. Esto también se aplicaría en caso de que decidas perdonar parte del préstamo. 

 

Fuente: Lucía Sicre (Colaborador de idealista news)